Los Pliegos son la base de cualquier proceso de contratación pública. En ellos se recogen las condiciones que debe tener lo que se contrata, la manera en la que se va a seleccionar y las condiciones que marcan la relación entre la Administración y las empresas.

Te explicamos todo lo que debes saber a continuación sobre uno de los documentos más importantes dentro del proceso de contratación con el sector público como son los Pliegos de Cláusulas Administrativas:

 

¿Qué es el Pliego de Cláusulas Administrativas?

Los Pliegos constituyen el documento que contiene la totalidad de las cláusulas que van a regir el contrato administrativo, así como los derechos y obligaciones que corresponde a cada una de las partes del mismo.

Dentro de esta categoría encontramos los Pliegos de Cláusulas Administrativas generales y particulares.

 

¿Qué contiene el Pliego de Cláusulas Administrativas?

El contenido del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares tiene dos bloques:

  • Las reglas concretas que regirán el proceso de licitación (los requisitos de solvencia y participación, el modo de presentación de las ofertas, los criterios de adjudicación del contrato)
  • La relación entre el adjudicatario y la administración una vez adjudicado el contrato. La práctica totalidad de derechos y obligaciones tanto de la Administración contratante como del operador económico que resulte adjudicatario y los aspectos fundamentales de la ejecución del contrato.

En todo caso deben incluir:

  • Las consideraciones sociales, laborales y ambientales que se establezcan como criterios de solvencia, de adjudicación o como condiciones especiales de ejecución.
  • En el caso de contratos mixtos, se detallará el régimen jurídico aplicable a sus efectos, cumplimiento y extinción, atendiendo a las normas aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas en ellos.
  • Los criterios de solvencia y adjudicación del contrato.
  • En su caso, la previsión de transferencia de derechos de propiedad intelectual o industrial, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 308 respecto de los contratos de servicios.
  • La obligación del futuro contratista de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

 

 ¿Cuál es la diferencia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales y las Particulares?

En este sentido, conviene distinguir de cara a evitar confusión, entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales (aprobado por el Consejo de Ministros) y el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares (de cuya aprobación se encarga el órgano de contratación).

 

Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales

Estos pliegos tienen un contenido genérico para determinado tipo de contratos (por ejemplo, para los contratos de obra que realice un determinado ente público) lo que hace que no se agoten en cada contrato, sino que se aplican en cada sector o tipo de contrato para el que se aprueban.

En los pliegos se definen los elementos más esenciales de la contratación para que, posteriormente, en cada contrato que se suscriba, no haya dudas sobre dichos conceptos. Entre estos elementos a definir encontramos generalmente:

  • Plazos y lugar de ejecución
  • Contenido general de los contratos
  • Criterios para determinar el valor, presupuesto y precio de los contratos
  • Documentación a aportar
  • Características generales de la forma de adjudicación

 

Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares

Los Pliegos de Cláusulas administrativas particulares (art. 122 LCSP) detallan las condiciones específicas de una licitación en concreto.  Tienen que incorporarse con carácter obligatorio en cada expediente de contratación. Se aprueban por cada órgano de contratación y a continuación detallaremos sus características principales.

Los pliegos se aprueban en la fase de preparación del contrato, antes que la autorización del gasto o al mismo tiempo que ésta, pero siempre antes de la licitación. Para su aprobación debe tener el informe del servicio jurídico competente.

 

 

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